Quien paga tu indemnización es una aseguradora
Tras un accidente de tráfico, la indemnización casi nunca la paga el conductor culpable: la paga su aseguradora, o el Consorcio de Compensación de Seguros si no había seguro. Tienes acción directa contra ella, así que no necesitas reclamar primero al conductor.
La aseguradora tiene su propio equipo médico y jurídico, y es lógico que intente cerrar el siniestro por la menor cantidad posible. Por eso la ley le impone plazos y obligaciones concretas. Conocerlos es lo que marca la diferencia entre aceptar lo que te ofrecen y cobrar lo que te corresponde.
Lo que la aseguradora está obligada a hacer
La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (artículo 7) establece un procedimiento que la aseguradora debe seguir:
- Reclamación previa. Antes de ir a juicio hay que reclamar por escrito a la aseguradora. Esta reclamación, además, interrumpe el plazo para reclamar.
- Tres meses para contestar. Desde que recibe la reclamación, la aseguradora tiene tres meses para responder.
- Oferta motivada. Si acepta la responsabilidad y puede cuantificar el daño, debe presentarte una oferta detallada por conceptos y basada en la documentación médica.
- Respuesta motivada. Si rechaza la reclamación, o todavía no puede cuantificar el daño, debe explicarte por escrito los motivos.
Si la aseguradora no contesta en plazo, o lo que ofrece no cubre tus lesiones, secuelas y perjuicios según el baremo de tráfico, llega el momento de actuar.
Las situaciones más habituales con el seguro
"Me ofrecen muy poco"
Revisamos la oferta motivada concepto por concepto: días de perjuicio, secuelas, perjuicio estético, lucro cesante y gastos. Si faltan partidas o están mal valoradas, la impugnamos.
"Me rechazan la reclamación"
Analizamos los motivos de la respuesta motivada (culpa, relación entre accidente y lesión, falta de pruebas) y reunimos la documentación que los rebate.
"No me contestan"
Si pasan los tres meses sin oferta ni respuesta, la aseguradora incumple la ley y se expone a pagar intereses de demora. Lo hacemos valer.
"El culpable no tenía seguro"
Reclamamos al Consorcio de Compensación de Seguros, que responde cuando el vehículo no tiene seguro, es desconocido, ha sido robado o su aseguradora está en liquidación.
"Me dan el alta demasiado pronto"
El informe del médico de la aseguradora no es la última palabra. Puede contrastarse con informes de tus médicos, con un perito independiente o con el Instituto de Medicina Legal.
"Mi propio seguro no me defiende"
Si tu póliza incluye defensa jurídica, tienes derecho a elegir libremente abogado (artículo 76 d de la Ley de Contrato de Seguro), aunque no sea el que te propone tu compañía.
Cómo se rebate una oferta o respuesta motivada
No estar de acuerdo con la aseguradora no significa ir directamente a juicio. Hay varias vías, y elegir bien cuál usar forma parte de la estrategia:
- Informe del Instituto de Medicina Legal. Si no estás conforme con la valoración médica, puedes pedir un informe pericial al Instituto de Medicina Legal. Su coste lo asume la aseguradora, no tú.
- Mediación. La ley prevé una mediación específica para los conflictos de accidentes de tráfico, como alternativa rápida al juicio.
- Negociación con informe propio. Un contrainforme médico-pericial bien fundado suele ser el argumento más eficaz para que la aseguradora mejore su oferta.
- Vía judicial. Si no hay acuerdo, presentamos la demanda con toda la documentación médica y pericial reunida durante la reclamación.
Tanto si la aseguradora hace oferta como si no, conviene no dejar pasar el tiempo: la acción para reclamar daños por un accidente de tráfico prescribe, con carácter general, al año, que empieza a contar desde que se estabilizan las lesiones. Te explicamos los plazos con detalle en nuestra guía para reclamar la indemnización.
Intereses de demora: el retraso le cuesta caro a la aseguradora
El artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro penaliza a la aseguradora que, sin causa justificada, no paga ni consigna la indemnización en los tres meses siguientes al siniestro:
- Debe pagar el interés legal del dinero incrementado en un 50 %.
- A partir de los dos años, ese interés no puede ser inferior al 20 % anual.
Estos intereses se suman a la indemnización y son una herramienta de presión importante en la negociación. Los reclamamos siempre que procedan.
Errores que te pueden costar dinero frente al seguro
- Firmar un finiquito o aceptar un pago "por el total" sin conocer el alcance definitivo de tus lesiones.
- Dejar el tratamiento o no acudir a revisiones: la aseguradora lo usará para defender que te curaste antes.
- Hacer declaraciones por teléfono a la aseguradora del contrario sobre cómo ocurrió el accidente o cómo te encuentras, sin asesoramiento.
- No guardar pruebas: parte amistoso o atestado, fotos, datos de testigos, informes de urgencias y facturas.
- Dejar pasar el plazo de un año sin reclamar por escrito.
Cómo te ayudamos
Nos encargamos de la relación con la aseguradora de principio a fin: preparamos la reclamación previa con toda la documentación, calculamos la indemnización según el baremo vigente, revisamos cada oferta y, si hace falta, llevamos el caso a los tribunales. Tú te centras en recuperarte.
La primera consulta es sin compromiso y trabajamos con honorarios de éxito: solo cobramos si ganamos. Si tu caso es complejo o tienes secuelas graves, puedes ver también cómo trabaja nuestro abogado especialista en accidentes de tráfico.
Preguntas frecuentes sobre reclamaciones a aseguradoras
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