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Accidente laboral in itinere y en misión

Abogado especialista en accidente laboral de tráfico

Si el accidente ocurrió yendo o volviendo del trabajo, o durante tu jornada, puede darte derecho a reclamar por dos vías a la vez: la Seguridad Social y la aseguradora del vehículo

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Qué es un accidente de tráfico "in itinere"

Se llama accidente in itinere al que sufres en el trayecto habitual entre tu domicilio y tu puesto de trabajo, en cualquiera de los dos sentidos. Se llama accidente en misión al que ocurre mientras te desplazas por motivos de trabajo dentro de tu jornada (una visita a un cliente, un desplazamiento entre centros, un recado encargado por la empresa).

En ambos casos, aunque sea un accidente de tráfico como cualquier otro, la ley lo trata como un accidente de trabajo a efectos de Seguridad Social (art. 156 de la Ley General de la Seguridad Social). Esto tiene consecuencias importantes que mucha gente desconoce.

🎯 Lo esencial: Un accidente in itinere te da derecho a reclamar a la vez las prestaciones de la Seguridad Social como accidente de trabajo y la indemnización civil a la aseguradora del vehículo responsable. Son compatibles entre sí, con ciertos ajustes para no cobrar dos veces por el mismo concepto.

Requisitos para que se considere in itinere

La jurisprudencia exige varios elementos para calificar un accidente como in itinere:

🏠 Elemento topográfico

El accidente ocurre en el trayecto entre tu domicilio habitual y el centro de trabajo, sin desvíos significativos e injustificados.

⏱️ Elemento cronológico

El desplazamiento se realiza en un tiempo razonable inmediatamente anterior o posterior a la jornada laboral.

🚗 Elemento de idoneidad del medio

Se utiliza un medio de transporte normal o habitual (coche, moto, transporte público, a pie, en bicicleta).

➡️ Elemento teleológico

El desplazamiento tiene como única finalidad ir al trabajo o volver de él, sin gestiones personales que rompan el nexo con el trabajo.

⚠️ Importante: Una parada breve para comprar algo de camino no suele romper la calificación in itinere, pero un desvío largo o una gestión personal ajena al trayecto sí puede hacerlo. Cada caso se analiza según sus circunstancias concretas.

Las dos vías de reclamación: Seguridad Social y aseguradora

VíaQué reconoceFrente a quién
Seguridad Social (accidente de trabajo) Prestación por incapacidad temporal al 75% desde el primer día (sin el periodo de carencia ni la reducción que aplica en la baja por enfermedad común), y posible incapacidad permanente o recargo de prestaciones si hay falta de medidas de seguridad Mutua colaboradora o INSS
Responsabilidad civil (baremo de tráfico) Indemnización por los días de perjuicio personal, secuelas, daños materiales y lucro cesante, según la Ley 35/2015 Aseguradora del vehículo responsable

La compatibilidad entre ambas vías está reconocida por la jurisprudencia, aunque existen reglas para evitar la doble indemnización por el mismo concreto concepto (por ejemplo, entre el lucro cesante civil y la prestación por incapacidad temporal). Por eso es importante coordinar bien ambas reclamaciones desde el principio.

Qué hacer si tienes un accidente yendo o volviendo del trabajo

📋 1. Comunícalo a tu empresa

Informa a tu empresa cuanto antes para que se tramite como accidente de trabajo, no como baja por enfermedad común.

🏥 2. Acude a la mutua o al centro de salud

Indica expresamente que el accidente ha sido in itinere, yendo o volviendo del trabajo.

📝 3. Parte de accidente de trabajo

La empresa debe cumplimentar el parte de accidente de trabajo (Delt@) cuando hay baja médica.

🚔 4. Atestado si hay otro vehículo implicado

Si hay otro conductor implicado, solicita atestado policial y datos de su seguro para la reclamación civil paralela.

Preguntas frecuentes sobre accidente laboral de tráfico

¿Un accidente yendo a comprar el pan antes de ir a trabajar cuenta como in itinere?
Depende de si esa parada rompe o no el trayecto normal entre tu domicilio y el trabajo. Un desvío mínimo suele considerarse compatible con la calificación in itinere, pero conviene analizar el caso concreto con un abogado.
¿Puedo reclamar si tuve la culpa del accidente?
Sí, la calificación como accidente de trabajo no depende de quién tuvo la culpa: aunque el accidente sea por tu propia imprudencia, sigue siendo accidente de trabajo a efectos de Seguridad Social (salvo dolo o imprudencia temeraria). La reclamación civil a un tercero solo procede si hay otro responsable.
¿Y si el accidente ocurre en un desplazamiento entre dos centros de trabajo durante la jornada?
Ese caso se califica como accidente en misión, con el mismo tratamiento que el in itinere a efectos de Seguridad Social, y también compatible con la reclamación civil si hay un tercero responsable.
¿Atienden casos fuera de Granada?
Sí, gestionamos reclamaciones por accidente laboral de tráfico en toda España, coordinando la vía de Seguridad Social con la reclamación civil correspondiente.

¿Has sufrido un accidente yendo o volviendo del trabajo?

Te ayudamos a coordinar la reclamación a la Seguridad Social y a la aseguradora.

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